DIPLOMADO EN CONTRATACIÓN PÚBLICA - TAREA Nro. 1

 

DIPLOMADO EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

TAREA Nro. 1

MODULO 1

Nombre: Paola Alexandra Calderón Pérez

Fecha:     29 de septiembre del 2023

Correo electrónico:  paocalderon96@hotmail.com

(Fecha Máxima de Entrega Domingo 1 de octubre de 2023)

1.  El Servidor Público Juan Perez, del GAD de Ciudad Futura, tiene la disposición de adquirir 20 computadores de escritorio para reemplazar aquellas que tienen más de 5 años de uso en la entidad; para el efecto, se decide realizar una licitación de bienes; considerando lo siguiente:

-      El monto de la contratación es de 1240,00 usd por cada computador

-      El área requirente ha determinado todas las especificaciones técnicas necesarias para la contratación; por tanto, ha normalizado el bien.

-      Las computadoras no están en Catálogo Electrónico

-      Previo a este procedimiento se realizó una Subasta Inversa Electrónica, la misma que se declaró desierta por reclamos en el procedimiento.

¿Determine qué opciones tiene la entidad para reaperturar el proceso de contratación?

RESPUESTA:

Para reaperturar el proceso de contratación primero se debe realizar la solicitud de desbloqueo de CPC restringido para posteriormente realizar el tipo de contratación; porque cuando se publica la subasta inversa, el SOCE se encarga de verificar que el código CPC no este restringido o tenga su debida autorización, en caso de estar restringido envía una alerta que el código se encuentra en el catálogo electrónico y que debe comprarlo por este procedimiento, sin embargo puede haber un código similar en el catálogo electrónico pero sin las especificaciones técnicas solicitadas o que el producto de este catálogo no cumpla con el abastecimiento que se necesita, dato que no se encuentra en el ejercicio; continuando con el procedimiento se debe realizar y registrar la solicitud de desbloqueo de CPC con su debida justificación ya sea por las especificaciones técnicas que se necesitan en el producto o por el abastecimiento del producto, posteriormente el SOCE brinda la autorización con los dos códigos para que la entidad contratante puede publicar el proceso de Subasta Inversa Electrónica en el portal de compras públicas, este es el proceso correcto que se debe realizar.

 

De ahí los dos primeros puntos se encuentran bien porque la entidad contratante es la que normaliza los bienes a partir de las especificaciones técnicas que se necesitan en el bien, adicionalmente el monto del contrato total por las 20 computadoras es de $24800, si no se puede comprar por catálogo electrónico, tenemos que ver el siguiente procedimiento a realizar según el monto disponible, el cual es una Subasta Inversa Electrónica procedimiento para bienes normalizados con un monto mayor a $6300.57.

 

 

2.     El GAD de Pichincha tiene dudas acerca de la ejecución del procedimiento de Ínfima Cuantía; para el presente caso, usted será el Procurador General del Estado y deberá emitir un pronunciamiento sobre la siguiente consulta:

 

En caso de no obtener tres o más proformas a través de la herramienta de Necesidades de Contratación y Recepción de ofertas, se debe volver a publicar la necesidad en la misma herramienta o se debe continuar con el proceso con la única oferta obtenida o debe volver a publicar la necesidad para obtener al menos 3 proformas?

 

a.     Continuar con el proceso con la única proforma obtenida

b.    Volver a publicar la necesidad para obtener al menos 3 proformas.

 

RESPUESTA:

En la Normativa Secundaria, articulo 198.- Proformas: Establece que, una vez publicada la necesidad de Ínfima Cuantía en el portal de Compras Públicas, la entidad contratante podrá continuar con el proceso incluso si hubiese recibido una sola oferta.

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